Culiacán, Sinaloa (RI Noticias).-El estado de Sinaloa implementó una reforma significativa a su Código Penal, la cual entró en vigor el pasado 22 de abril de 2025, estableciendo como delito las actividades de vigilancia ilícita conocidas como “halconeo”. Esta modificación legal, ya publicada en el Periódico Oficial, busca combatir de manera frontal las acciones que buscan entorpecer la labor de las instituciones de seguridad pública.
La reforma incorpora un nuevo capítulo al Código Penal, el cual tipifica como delito el acechar, vigilar, espiar, perseguir o proporcionar información sobre las actividades oficiales o personales de los servidores públicos de seguridad, utilizando cualquier medio de comunicación. La finalidad de esta conducta ilícita debe ser la de obstaculizar o impedir el cumplimiento de sus funciones, ocasionarles daño o evitar la captura de delincuentes o miembros de organizaciones criminales.
En un ejemplo concreto de la aplicación de esta nueva legislación, la Fiscalía General del Estado de Sinaloa informó sobre la vinculación a proceso de Juan Alfredo “N” por su presunta responsabilidad en el delito contra las actividades institucionales de seguridad pública, comúnmente conocido como “halconeo”.
Su detención se produjo en Guamúchil, municipio de Salvador Alvarado, mientras elementos de la Guardia Nacional realizaban labores de patrullaje y lo sorprendieron presuntamente observando sus movimientos e informándolos a través de un radio de comunicación.
Es importante destacar que la reforma al Código Penal endurece considerablemente las sanciones por el delito de “halconeo”, estableciendo penas que van desde los 4 años y 6 meses hasta los 15 años de prisión, con la posibilidad de aumentar en circunstancias especiales. Esta medida busca disuadir estas prácticas ilícitas y proteger la integridad y el trabajo de los elementos de seguridad en el estado.