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Ahorros de la Afore no se pierden con el fallecimiento del trabajador; Familiares pueden reclamar el dinero con estos pasos

El problema es cuando un trabajador fallece, sin nombrar beneficiarios para su cuenta, ante el Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR), en cuyo caso los familiares no sólo enfrentan el duelo, sino también el proceso administrativo para recuperar los recursos acumulados en la Afore

Redacción por Redacción
1 noviembre, 2025
en Nacional
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Ahorros de la Afore no se pierden con el fallecimiento del trabajador; Familiares pueden reclamar el dinero con estos pasos
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El dinero acumulado en la cuenta individual de la Administradora de Fondos para el Retiro (Afore), no desaparece con el fallecimiento del trabajador, sino que este dinero puede reclamarse por sus familiares.

El problema es cuando un trabajador fallece, sin nombrar beneficiarios para su cuenta, ante el Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR), en cuyo caso los familiares no sólo enfrentan el duelo, sino también el proceso administrativo para recuperar los recursos acumulados en la Afore.

Según información de la Asociación Mexicana de Afores (Amafore), más del 90% de los afiliados no han designado beneficiarios en su cuenta, indica El Economista en su publicación.

Esto significa que, al fallecer el titular, los fondos se entregarán a los beneficiarios legales, es decir, aquellos familiares con derecho a recibir pensiones de viudez, orfandad o ascendencia, conforme a la Ley del Seguro Social.

Los herederos legales de la Afiore

La ley establece un orden de prelación para la entrega de recursos:

  1. Cónyuge o concubino(a), siempre que dependiera económicamente del fallecido
  2. Hijos menores de 16 años, o mayores si están estudiando (hasta los 25 años) o dependen económicamente
  3. Padres, en caso de que vivieran en el hogar del titular
  4. Si no existen beneficiarios designados, la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar) determina la distribución de los fondos según el artículo 501 de la Ley Federal del Trabajo.

Para orientación gratuita durante todo el trámite, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) ofrece asesoría legal.

Pasos para reclamar los recursos

  1. Obtener la resolución de pensión en la Subdelegación del IMSS
  2. Acudir a la afore donde el trabajador tenía su cuenta, presentando documentos que acrediten la relación familiar y dependencia económica
  3. Llenar el formato de Disposición de Recursos proporcionado por la Afore
  4. Esperar la validación de la documentación. El proceso puede tomar días o semanas
  5. Recibir los fondos mediante transferencia bancaria o cheque

¿Qué recursos se pueden heredar?

Depende de la ley bajo la cual se otorgue la pensión:

  1. Ley 73: Incluye Retiro 97, Vivienda 97, SAR 92 y Vivienda 92
  2. Ley 97: Únicamente SAR 92 y Vivienda 92

En ausencia de derecho a pensión, los recursos se entregan en una sola exhibición. Las aportaciones voluntarias, por su parte, pueden retirarse sin necesidad de juicio sucesorio.

La fecha límite para reclamar la entrega de recursos

El derecho a reclamar es imprescriptible, es decir, no caduca. Sin embargo, se recomienda actuar a tiempo para evitar que los fondos sean transferidos al Fondo de Pensiones para el Bienestar por inactividad prolongada. La Consar y las afores ofrecen canales para verificar el estatus de las cuentas.

Fuente: El Imparcial
Redacción

Redacción

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