El aguinaldo es una prestación estipulada en el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo (LFT), el cual estipula que las personas trabajadoras tienen derecho a recibir, antes del 20 de diciembre un monto mínimo equivalente a 15 días de salario después de cumplir el primer año trabajado.
En las semanas previas al pago de esta prestación surgen varias preguntas en torno a ello, especialmente dudas acerca de situaciones que podrían suponer descuentos o la posibilidad de no recibir el aguinaldo. Una de ellas es que si se podrá cobrar aunque durante el año el trabajador haya tenido alguna incapacidad. Y la respuesta es sí.
De acuerdo con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), el aguinaldo es independiente de los periodos pre y postnatales, de tal manera que estos deben ser considerados como días trabajados para el cálculo del aguinaldo. También aclara que es independiente al permiso de paternidad, el cual se considera como tiempo laborado. Por lo tanto, quienes hayan tomado el permiso de paternidad tienen derecho a recibir el pago completo de su aguinaldo.
¿Y si me fui de incapacidad por accidente o enfermedad?
Según la Profedet, estés asegurado o no, si tuviste una incapacidad temporal por accidente o enfermedad, se te considera trabajador en activo durante el período de dicha incapacidad temporal, y, por lo tanto, tienes derecho a recibir tu aguinaldo completo, ya sea por parte de la empresa o de las instituciones de seguridad social.
Acércate a la Profedet
Si tu empleador no toma en cuenta estas consideraciones y te niega el pago del aguinaldo, puedes acudir a la Profedet para recibir orientación o asesoría sobre este derecho; también podrás recibir acompañamiento en la conciliación y representación en el juicio para reclamar el pago del aguinaldo, de ser necesario, de manera gratuita.
En la Ciudad de México, la oficina central se ubica en Dr. José María Vértiz 211, Colonia Doctores, Alcaldía Cuauhtémoc. En los estados de la República Mexicana la Profedet cuenta con procuradores, cuya ubicación puedes consultar en el siguiente enlace: https://www.profedet.gob.mx/micrositio/sedes/sedes.html.
También brinda atención a través del Centro Integral de Soluciones y Servicios Laborales (CISSEL) vía telefónica: 079, línea del Gobierno de México.




