Bienes y productos de origen mexicano libran el nuevo “arancel mundial”, inicialmente de 10 por ciento y que aumentó a 15 por ciento, anunciado por el presidente de los Estados Unidos, Donald Trump, tras la anulación que hizo la Corte Suprema de ese país a gravámenes impuestos previamente a diversos países.
Se trata de productos incluidos en el Tratado de Libre Comercio entre México, Estados Unidos y Canadá que no se verán afectados por la sanción.En el párrafo 14 de la Proclamación firmada por Trump en el párrafo 14 se establece que “el impuesto” no se aplicará debido a que afectaría las necesidades de la economía de EU
“(l) artículos que ingresan libres de aranceles como una mercancía de Canadá o México según los términos de la nota general 11 del Sistema Armonizado de Aranceles de los Estados Unidos (HTSUS), incluido cualquier tratamiento establecido en el subcapítulo XXIII del capítulo 98 y el subcapítulo XXII del capítulo 99 del HTSUS, en relación con el Acuerdo entre los Estados Unidos de América, los Estados Unidos Mexicanos y Canadá”, se expone.
Se incluyen minerales críticos, metales usados en monedas y lingotes, energía y productos energéticos; recursos naturales y fertilizantes que no puedan ser cultivados, extraídos o producidos de otro modo en Estados Unidos; ciertos productos agrícolas, incluyendo carne de vacuno, tomates y naranjas; productos e ingredientes farmacéuticos.
Además, algunos componentes electrónicos; vehículos de pasajeros, camiones ligeros, ciertos vehículos medianos y pesados, autobuses y partes de vehículos; productos aeroespaciales; y materiales informativos (como libros), donaciones y equipaje acompañado.
La Ley de Comercio de 1974 (19 USC 2132) (sección 122), faculta al presidente Donald Trump a tomar medidas a través de aranceles y otras restricciones especiales a las importaciones para abordar los problemas fundamentales de los pagos internacionales.
La Sección 122 autoriza al presidente a imponer, por un período que no exceda de 150 días a menos que sea extendido por una ley del Congreso, un impuesto temporal a la importación de hasta el 15 por ciento ad valorem y otras limitaciones temporales a los artículos importados a Estados Unidos.



