El pasado 1 de enero de 2026 entró en vigor la reforma al artículo 141 del Código Fiscal de la Federación (CFF) con el que se redefine la manera en el que las personas contribuyentes podrán garantizar el interés fiscal cuando se determine un crédito a su cargo y con la cual, surgió la figura del Billete de Depósito, la cual, ha provocado todo tipo de dudas entre la ciudadanía, por ello, en esta nota te diremos qué es y para qué sirve.
Para empezar a abordar el tema es importante señalar que el Billete de Depósito o BIDE es un documento que ampara un depósito o transferencia de recursos (garantía) a disposición de la autoridad competente en materia judicial o administrativa y según lo informado por la Sociedad Nacional de Crédito es necesario para acreditar que la persona contribuyente entregó una cantidad de dinero para garantizar el interés fiscal, es decir, para suspender el cobro o la ejecución del crédito fiscal, mientras se resuelve un medio de defensa, además, dicho documento garantiza que sigan activos los certificados de sello digital, para la emisión de comprobantes discales y así e vitar embargos u otras afectaciones operativas de algún negocio.
La adquisición de Billetes de Depósito será necesaria en caso de pago de rentas, multas, pensiones alimenticias, créditos fiscales, obtención de libertad provisional, posturas de remate, internación de extranjeros en el país, garantías de asuntos civiles, laborales, en procedimientos y/o contratos de obra pública, adquisiciones y prestación de servicios, así como en suspensiones de materia de juicio de amparo.
Cabe destacar que los Billetes de Depósito no generas comisiones ni intereses, no son cancelables o negociables, por lo que única y exclusivamente serán pagados al beneficiario mediante orden de pago dictada por la autoridad competente, además, se indica que su expedición completamente gratuita para quien lo adquiere no tiene prescripción y no se requiere aval.

Es importante señalar que, por ahora, las dos únicas instituciones autorizadas para realizar la emisión de Billetes de Depósito son el Banco del bienestar y el Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada (Banjercito).
Cabe destacar que, la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON) señala que las personas que no quieran adquirir un Billete de Depósito para garantizar el interés fiscal tienen la opción de recurrir al mecanismo conocido como Acuerdo Conclusivo ante PRODECON con el que las personas contribuyentes pueden dialogar y conciliar con el Servicio de Administración Tributaria (SAT) durante una auditoría, corregir irregularidades de forma voluntaria para así evitar procesos prolongados y costosos.




