El 2 de febrero de cada año se conmemora el Día de la Candelaria, en conmemoración a la Virgen que lleva el mismo nombre. Y aunque se trata de una festividad de origen español, en México este día se conmemora de manera especial, ya que según la tradición, las personas que tuvieron la suerte de encontrar el muñeco en la Rosca de Reyes deben invitar los tamales.
Al formar parte de una de las tradiciones más arraigadas en el país, muchas personas se preguntan si el 2 de febrero es un día de descanso obligatorio y, por lo tanto, si quienes lo trabajan recibirán un pago doble; el Día de la Candelaria no es considerado como tal por la Ley Federal del Trabajo (LFT); sin embargo, en 2026, esta fecha coincide con el primer lunes de febrero, cuando se conmemora el 5 de febrero, Día de la Constitución de 1917, y por lo tanto, se paga triple.
Estos son los días que la LFT establece como descanso obligatorio:
- El 1o. de enero.
- El primer lunes de febrero en conmemoración del 5 de febrero: día de la Constitución.
- El tercer lunes de marzo en conmemoración del 21 de marzo: natalicio de Benito Juárez.
- El 1o. de mayo, día del Trabajo.
- El 16 de septiembre, día de la Independencia de México.
- El tercer lunes de noviembre en conmemoración del 20 de noviembre: día de la Revolución mexicana.
- El 1o. de octubre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal (atendiendo a la reforma del artículo 83 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 10 de febrero de 2014).
- El 25 de diciembre, Navidad.
- El que determinen las leyes federales y locales electorales para efectuar la jornada electoral en caso de elecciones ordinarias.
¿Cuánto me pagan si trabajo uno de estos días?
La Procuraduría Federal del Trabajo (Profedet) establece que tienes derecho a descansar estos días y deben pagártelos con tu salario diario. Si acuerdas con tu empleador trabajar en alguna las fechas indicadas en la LFT como días de descanso obligatorio, te deberán pagar el triple de tu salario diario.
Es decir, independientemente del salario que te corresponda por el descanso obligatorio, te corresponderá recibir un salario doble por el servicio prestado, es decir, un salario triple.
¿Cuánto me toca si el día de descanso obligatorio cae en domingo?
En los casos en que los días de descanso obligatorio caigan en domingo, si te toca trabajar tu empleador debe cubrir el pago de la prima dominical que establece el Artículo 71 de la LFT:
“Los trabajadores que presten servicio en día domingo tendrán derecho a una prima adicional de un veinticinco por ciento, por lo menos, sobre el salario de los días ordinarios de trabajo”.




