Mazatlán, Sin. (RI Noticias).- A pesar de que la legislación actual establece como obligatorio contar con un seguro de daños a terceros para circular, este requisito no debe operar como una limitante ni un motivo de cobro adicional cuando un ciudadano intenta recuperar un vehículo que le fue robado y posteriormente recuperado por las autoridades, señaló Martín Morales Acuña, presidente del Colegio de Abogados Genaro Estrada A.C.
Añadió, que el Estado no puede utilizar trámites administrativos o la falta de pólizas como pretexto para retener una propiedad que debe ser devuelta tras un acto ilícito.
“Los pagos que hay pendientes de alguna multa o del seguro ya es algo que se requiere en su momento, pero no te deben condicionar la entrega; el Estado está obligado a garantizarte tu derecho humano como es el goce de tu mueble porque fuiste víctima de un ilícito”.
Esta orientación surge tras una ola de quejas colectivas en redes sociales, donde víctimas de robo denuncian cobros excesivos y procesos burocráticos lentos que dificultan la recuperación de sus unidades, afectando principalmente a quienes utilizan sus vehículos como herramienta de trabajo.
La postura del Colegio de Abogados es clara: una vez acreditada la propiedad ante la autoridad judicial, la entrega debe ser inmediata, sin que la situación administrativa del vehículo antes o durante el robo sea un atenuante para imponer cargas económicas injustificadas.
Finalmente, dijo que el derecho a la propiedad debe prevalecer sobre criterios recaudatorios, especialmente en casos donde el ciudadano ya ha sufrido un impacto emocional y económico debido a la delincuencia, por lo que el Estado debe facilitar, y no entorpecer, la restitución de sus bienes.



