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¿En qué consiste la Ley 3 de 3? Puntos clave de la reforma contra las personas violentadoras

Las condiciones buscan que los individuos que no cumplan con sus obligaciones o cometan algún delito no se beneficien como servidores públicos

Redacción por Redacción
14 marzo, 2026
en Nacional
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¿En qué consiste la Ley 3 de 3? Puntos clave de la reforma contra las personas violentadoras
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La reforma constitucional conocida como “Ley 3 de 3” en contra de los violentadores, publicada el 25 de mayo de 2023 en el Diario Oficial de la Federación (DOF), establece una serie de condiciones para las personas que buscan ser candidatas a cualquier cargo de elección popular u otro trabajo dentro del sector público.

Estas condiciones buscan que los individuos que no cumplan con sus obligaciones o comentan algún delito, no tengan la oportunidad de beneficiarse como trabajador de cualquier administración pública.

Lineamientos de la Ley 3 de 3 que impiden a una persona ser candidata a un cargo en el sector público

  • Ser deudor alimentario
  • Tener una sentencia por violencia familiar, delitos sexuales o por violencia política en razón de género.
  • Personas que cuenten con sentencias por delitos contra la vida y la integridad corporal; contra la libertad y seguridad sexual, así como el normal desarrollo psicosexual.

Ley 8 de 8

Esta iniciativa es el proceso para constatar que las personas candidatas no hayan incurrido en algo de los supuestos establecidos en el artículo 38, fracción VII de la Constitución o del artículo 442 Bis, en relación con el 456, numeral 1, inciso c), fracción III de la LGIPE.

La cláusula da a conocer que los derechos de la ciudadanía se suspenden por tener sentencia firme por:

  • Comisión internacional de delitos contra la vida y la integridad corporal
  • Contra la libertad y seguridad sexuales
  • Afectación en el normal desarrollo psicosexual
  • Violencia familiar
  • Violencia doméstica
  • Violación a la intimidad sexual
  • Violencia política
  • Ser declarada como personas deudora alimentaria morosa

¿Qué son los supuestos LGIPE?

Se establece en el artículo 442 Bis, que la VPMRG constituye una infracción a la ley.

El artículo 456, numeral 1, inciso c), fracción III de la misma ley establece que las personas aspirantes, precandidatas o candidatas a cargos de elección popular que comentan alguna acción bajo esta infracción serán sancionadas con la pérdida del derecho a ser registradas como candidatas. En caso de que el registro ya se encuentre realizado, se cancelará de forma inmediata.

Aspectos más destacados de la “Ley 3 de 3” y el mecanismo conocido como “Ley 8 de 8”

  • Deudores alimentarios morosos no pueden ser candidatos ni ocupar cargos en la administración pública.
  • Personas con sentencia por violencia familiar, violencia doméstica o violencia política en razón de género quedan impedidas para postularse a empleados en el sector público.
  • Quienes tengan condenas por delitos sexuales o violación a la intimidad sexual no pueden registrarse como aspirantes.
  • También quedan excluidas las personas con sentencias por delitos contra la vida, la integridad corporal o el desarrollo psicosexual.
  • Si una persona aspirante incurre en violencia política contra las mujeres en razón de género, la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales establece que puede perder su registro como candidata o cancelarse de inmediato.

En términos generales, la Ley 3 de 3 busca garantizar que quienes aspiren a gobernar o representar a la ciudadanía cumplan con estándares mínimos de conducta, especialmente en temas relacionados con violencia y responsabilidad familiar.

Fuente: Infobae
Redacción

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