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Suprema Corte cambió la ley del registro civil y ya no es obligatorio que el primer apellido sea el del padre; ahora los hijos podrán elegir el orden de sus apellidos

La Suprema Corte establece que el orden de apellidos ya no puede imponerse por ley y reconoce el derecho de las familias a decidir

Redacción por Redacción
16 abril, 2026
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Suprema Corte cambió la ley del registro civil y ya no es obligatorio que el primer apellido sea el del padre; ahora los hijos podrán elegir el orden de sus apellidos
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La forma en que se registran los nombres en México cambió de fondo. Durante décadas, el apellido del padre ocupó automáticamente el primer lugar en el nombre completo de niñas y niños. Hoy, ese criterio ya no es obligatorio.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que imponer el apellido paterno como primero vulnera derechos fundamentales como la igualdad y la no discriminación.

Este criterio se basa en resoluciones judiciales y en información oficial del propio tribunal, que han ido transformando la interpretación del Registro Civil en todo el país.

El cambio no surgió de una sola reforma, sino de un proceso legal que se consolidó con amparos, sentencias y ajustes normativos que hoy tienen efectos prácticos en la vida cotidiana de las familias mexicanas.

¿Qué cambió exactamente en el orden de los apellidos en México?

El punto clave es que ya no existe una obligación legal de colocar primero el apellido del padre.

La SCJN concluyó que esa práctica:

  • Refuerza estereotipos de género
  • Coloca a la mujer en una posición secundaria
  • Viola el derecho a la igualdad

A partir de este criterio, el Estado ya no puede imponer un orden fijo cuando esto afecta derechos constitucionales.

¿Desde cuándo aplica este criterio de la SCJN?

El cambio fue gradual y no ocurrió en una sola fecha.

Así se desarrolló:

  • 2013: Estados como Yucatán comenzaron a permitir invertir el orden de apellidos
  • 2016–2019: La SCJN resolvió casos clave y fijó criterios sobre igualdad y no discriminación
  • 2020: Se armonizaron leyes para permitir que los padres decidan el orden

Actualmente:

  • Los criterios de la SCJN siguen vigentes
  • Son obligatorios para jueces y autoridades
  • Los estados han ajustado sus leyes conforme a estas resoluciones

¿Quién decide hoy el orden de los apellidos?

Hoy, la decisión recae en la familia.

Al momento del registro:

  • Madre y padre pueden acordar el orden de los apellidos
  • El Registro Civil debe respetar ese acuerdo
  • No puede imponer un orden distinto

En caso de desacuerdo:

  • La autoridad analiza el caso
  • Se consideran los derechos de todas las partes
  • Puede tomarse en cuenta la opinión del menor

¿Qué tiene que ver esto con el derecho a la identidad?

La SCJN vinculó directamente el orden de los apellidos con el derecho a la identidad, reconocido en la Constitución y en tratados internacionales.

Esto implica que:

  • El nombre no es solo un trámite legal
  • Es parte de la vida social, personal y jurídica
  • Influye en cómo una persona se reconoce y es reconocida

Además, el tribunal amplió el concepto de interés superior de niñas y niños, al considerar que su identidad también incluye aspectos simbólicos y familiares.

¿Los niños pueden opinar sobre su nombre?

Sí, en ciertos casos.

Uno de los criterios relevantes es que:

  • Niñas, niños y adolescentes deben ser escuchados
  • Su opinión se considera según su edad y madurez
  • Aplica en decisiones que afecten su identidad

Esto refuerza la idea de que el nombre no es solo una decisión de adultos, sino parte de la construcción personal.

¿Qué implica este cambio para las familias en la práctica?

En términos concretos, este cambio significa:

  • Mayor libertad para elegir el nombre completo
  • Reconocimiento del apellido materno en igualdad de condiciones
  • Posibilidad de reflejar mejor la realidad familiar

También abre la puerta a revisar casos donde el orden de apellidos no coincide con la identidad cotidiana de la persona.

¿Este cambio elimina los apellidos o solo modifica su orden?

No elimina los apellidos.

Lo que cambia es la lógica:

  • Antes: el apellido paterno iba primero por obligación
  • Ahora: el orden se decide libremente

Es un ajuste legal que busca:

  • Garantizar igualdad
  • Eliminar prácticas discriminatorias
  • Adaptarse a la diversidad familiar

Un cambio legal con impacto social

El criterio de la SCJN no solo modifica un trámite administrativo. Representa un cambio en la forma en que el Estado reconoce a las personas desde su nacimiento.

El apellido deja de ser una imposición automática y se convierte en una decisión que debe respetar derechos humanos.

Para las familias, esto significa algo concreto: la posibilidad de elegir cómo se nombra y se reconoce a sus hijas e hijos desde el inicio de su vida.

Fuente: El Imparcial
Redacción

Redacción

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