Mazatlán, Sin (RI Noticias). – La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) está facultada para imponer sanciones económicas a gasolineras que entreguen menos combustible del que cobran, al negar el amparo promovido por una empresa sancionada en Guanajuato.

El Pleno del máximo tribunal resolvió por unanimidad validar disposiciones de la Ley Federal de Protección al Consumidor, al considerar que estas otorgan sustento legal a la actuación de Profeco frente a irregularidades en estaciones de servicio. El proyecto fue presentado por el ministro Giovanni Figueroa Mejía.
El caso se originó en 2019, cuando una gasolinera en Guanajuato fue multada tras detectarse fallas en un dispensador que provocaban la entrega de menor cantidad de combustible al pagado por los consumidores. La empresa impugnó la sanción, pero tanto tribunales previos como la SCJN confirmaron la validez de la actuación de la autoridad.

Con esta resolución, la Corte estableció que Profeco no solo puede verificar y sancionar irregularidades, sino también ejecutar las multas correspondientes conforme al marco constitucional. El criterio refuerza la protección a los consumidores, al garantizar que quienes paguen por litros completos reciban la cantidad exacta de combustible, y que las estaciones de servicio que incumplan puedan ser sancionadas legalmente.



