Estados Unidos.- El Departamento de Comercio de Estados Unidos (DOC) emitió una resolución preliminar en la que determinó que los exportadores mexicanos de fresa incurren en prácticas de dumping durante la temporada invernal. Según la autoridad estadounidense, los márgenes de dumping oscilan entre 3.37 y 5.28 por ciento, dependiendo de la empresa, mientras que para la mayoría de los exportadores se calculó un promedio de 4.83 por ciento.
El Gobierno de México cuestionó los fundamentos de esta decisión, al considerar que el DOC aplicó de manera arbitraria los conceptos de “fresa de invierno” y de un supuesto mercado regional en Estados Unidos. Ambos criterios habían sido descartados previamente por la Comisión de Comercio Internacional de Estados Unidos (ITC), lo que genera dudas sobre la consistencia del procedimiento.
El caso se originó el 31 de diciembre de 2025, cuando productores de Florida solicitaron al DOC y a la ITC imponer derechos antidumping a las importaciones de fresa mexicana. Los agricultores estadounidenses argumentaron que las frutas comercializadas en invierno constituían un producto diferenciado y que existía un mercado regional en determinados estados del este del país. Con base en esa premisa, pidieron medidas de protección para evitar lo que consideran una competencia desleal.
La resolución preliminar del DOC abre la puerta a la imposición de aranceles adicionales a las exportaciones mexicanas de fresa, lo que podría afectar de manera significativa a productores y comercializadores en México.
El sector agrícola nacional ha manifestado preocupación por el impacto económico que estas medidas tendrían en la cadena de suministro y en el acceso al mercado estadounidense, principal destino de la fruta. En las próximas semanas, se espera que la Comisión de Comercio Internacional de Estados Unidos emita su resolución definitiva sobre el caso.



