La presidenta Claudia Sheinbaum se pronunció sobre la resolución de la Suprema Corte de Justicia de la Nacional en cuanto al bloqueo de cuentas de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF). Desde Palacio Nacional, la mandataria aseguró que nunca se bloquean cuentas a quien no esté señalado por lavado de dinero.
“La resolución de la Corte fue a favor de lo que había definido un magistrado de circuito. ¿Cuál es la función de la UIF? Para evitar el lavado de dinero, la labor de la UIF es garantizar el sistema financiero nacional y evitar el lavado de dinero, para eso tiene que investigar de manera permanente.
“La UIF siempre ha tenido esta facultad, siempre la ha tenido, lo que pasa es que la Corte fue definiendo una serie de limitaciones para la UIF, la UIF nunca, en la historia, le ha cerrado la cuenta a un empresario que no esté implicado en lavado de dinero, nunca en la historia”, sostuvo en la Mañanera de este 8 de abril.
Reconoce Sheinbaum a titular de la UIF
Incluso, reconoció al titular de la UIF, Omar Reyes, como “una persona muy técnica”.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación reconoció la validez del artículo 116 Bis 2 de la Ley de Instituciones de Crédito, adicionado mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de marzo de 2022, el cual regula la facultad de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para introducir a una persona a la Lista de Personas Bloqueadas cuando existan indicios suficientes de su posible relación con los delitos de financiamiento al terrorismo, operaciones con recursos de procedencia ilícita o los asociados con los delitos señalados.
El Máximo Tribunal estableció que esta disposición regula un procedimiento claro que garantiza el derecho de defensa de las personas, pues prevé plazos definidos, asegura el derecho de audiencia, la posibilidad de ofrecer pruebas, la obligación de la autoridad de emitir una resolución debidamente fundada y motivada, así como la opción de impugnarlas ante tribunales administrativos.
El Pleno consideró que el bloqueo de cuentas previsto en este esquema es una medida de naturaleza administrativa y preventiva, orientada a proteger el sistema financiero y a cumplir compromisos internacionales en materia de prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo. En consecuencia, determinó que no equivale a una pena ni sustituye la función del ministerio público, pues no implica declarar culpabilidad penal ni imponer sanciones, ya que se inserta en un modelo de coordinación en el que la Unidad de Inteligencia Financiera actúa como órgano técnico auxiliar, mientras que la persecución de delitos sigue a cargo de la autoridad ministerial.



