Mazatlán, Sin (RI Noticias). – La reducción de la jornada laboral, que contempla llegar a las 40 horas semanales en 2030, también genera dudas sobre el manejo y pago de las horas extras. De acuerdo con lo expuesto por el abogado Martín Acuña, los trabajadores deben conocer sus derechos y las condiciones bajo las cuales pueden realizar trabajo extraordinario.
Uno de los principales puntos señalados es que las horas extras no deben exceder de nueve por semana y, además, su realización debe contar con el consentimiento del trabajador. El especialista explicó que no se puede obligar al empleado a extender su jornada, aun cuando exista una relación laboral establecida.
“En ningún momento te están obligando a cumplirlas, tú también es tu voluntad de quererlas realizar”, señaló.
Respecto al pago, el texto destaca que las primeras horas extraordinarias deben ser remuneradas al doble del salario correspondiente. Ante la reducción de la jornada, este aspecto podría adquirir mayor relevancia para las empresas, que podrían recurrir a horas extras o contratar más personal para mantener sus operaciones dentro de los nuevos límites laborales.
Otro aspecto relevante es el plazo para reclamar el pago de horas extras, que, según lo señalado durante la entrevista, prescribe en un año. Por ello, se recomienda a los trabajadores conservar evidencias de las horas laboradas, como registros de entrada y salida, fotografías, bitácoras o mensajes de WhatsApp, que puedan servir como respaldo ante una eventual reclamación.



